Este Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 206 y 211 del Código de Procedimiento Civil, que se refirieren a, cuando debe ser declarada la nulidad, en los casos determinados por la Ley o cuando haya dejado de cumplirse en el acto alguna formalidad esencial para su validez, Revoca el auto de fecha 08 de mayo de 2002, que acuerda desglosar y agregar al expediente las paginas de los diarios El Carabobeño y La Calle donde aparece publicado el cartel de intimación del demandado de autos, ciudadano José Eutimio Vivas y Repone la causa al estado de librar nuevamente los carteles de intimación, y como consecuencia de ello se deja sin efecto todas las actuaciones posteriores al auto revocado.
Notifíquese a las partes de la presente reposició.....