Por las razones expuestas este TRIBUNAL RETASADOR TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ESTABLECE el monto de los Honorarios Profesionales de l abogado ALÍ JOSÉ ALVAREZ, inscrito ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el números 55.089, en la cantidad UN MILLON TRECIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.300.000)
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de procedimiento
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
DADA, FIRMADA Y SELLADA, EN VALENCIA A LOS DIECIOCHO (18) DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SEIS (2006). AÑOS 194º DE LA INDEPENDENCIA Y 146º DE LA FEDERACIÓN