En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Desistido el recurso de apelación ejercido por la parte demandada contra la decisión dictada por el Juzgado 40° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 24 de abril de 2007. Segundo: Se confirma la decisión recurrida, que declaró concluida la audiencia preliminar, y ordenó la remisión del expediente a juicio, conforme a lo previsto en el artículo 12 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por encontrarse involucrados derechos, bienes e intereses patrimoniales de la República, todo en el juicio que por prestaciones sociales, ha incoado el ciudada.....