Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, Declara: Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación formulada por la parte demandante, contra la decisión contenida en el Acta de fecha 02 de febrero de 2007, por el Juzgado Trigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO en la demanda incoada por la ciudadana LUZ ALEGRIA contra la sociedad mercantil "PRODUCTOS HERITAGE INTERNACIONAL C.A." Segundo: SE CONFIRMA la decisión contenida en el Acta de fecha 02 de febrero de 2007, por el Juzgado Trigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Media.....