Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado LEON BENSHIMOL, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada en fecha 21 de julio de 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE REPONE la presente causa al estado de practicar la notificación de las partes, respecto del auto de fecha 07 de agosto de 2007, y se declaran nulos los actos consecutivos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 211 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Respecto las costas del juicio, dada la naturaleza repositoria de esta dec.....