Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la apelación formulada por el abogado Mario José Querales, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 75.754, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano: Juan Bautista Fernández Chirinos, En consecuencia, se confirma la sentencia de fecha 14 de abril 2009 dictado por la Juez de Segunda de Primera Instancia del Circuito de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.