Por las razones expuestas, este Juzgado Superior, actuando en la competencia constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. CON LUGAR la pretensión de amparo constitucional interpuesta la abogada MARISINIA RONDON BLANCO, cédula de identidad V-14.454.640, Inpreabogado Nº 115.593, con carácter de apoderada judicial de la ciudadana ISABEL TERESA BRICEÑO BRICEÑO, cédula de identidad V-10.264.903:
2. ORDENA al INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN, el cumplimiento de la Providencia Administrativa Nro. 149/2009, dictada el 05 agosto 2009, por la Inspectoría del Trabajo en el Estado Yaracuy, donde se ordena el reenganche y pago de salarios caídos de la ciudadana ISABEL TERESA BRICEÑO BRICEÑO, dentro de los diez días siguientes a la publicación de la sentencia, contentiva del presente dispositivo