DISPOSITIVA:
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado VIGÉSIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia, en Nombre de la República  Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN  DE  LA INSTANCIA en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES ( Enriquecimiento Sin Causa) sigue por ante este Tribunal, JOSE RAFAEL GUARISMA ACOSTA contra los ciudadanos SILVANA TOMASELLI POLSINELLI y JOSE DEL CARMEN FERNANDEZ VEITIA, produciéndose los efectos establecidos en los artículos 270 y 271 del Código de Procedimiento Civil.-
De  conformidad  con lo previsto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil no ha lugar a costas.- 
	Publíquese, Regístrese, Notifíquese y Déjese copia. 
	Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO VIGÉSIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, a los dieciocho (18) días.....