Visto el escrito recursivo presentado en fecha 28 de abril de 2010, por ante el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, actuando como Sede Distribuidora de Turno de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de la Región Capital, contentivo del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el profesional del derecho Carlos H. Sánchez Echeverría, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el N° 114.069, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Fundación Hospital Cardiológico Infantil Latinoamericano "Dr. Gilberto Rodríguez Ochoa", adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Salud; contra la Providencia Administrativa N° 0746-09, dictada por la Inspectoría del Trabajo "Pedro Ortega Díaz" Sede Caracas Sur. Recibido en este Tribunal en fecha 29 de abril de 2010. Se admite cuanto a lugar en derecho por no estar incurso en las causales de inadmisibilidad previstas en el quinto aparte del a.....