Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir el presente recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado José Ramón Aranguren, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 18.019, actuando en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos ALBERTH MÁRQUEZ, HECDUVER MORENO, OMAR BAUTE, WINDER NUÑEZ, JOSÉ GALVAN, JOHNNY VILORIA, JESÚS LOMELLI, GUSTAVO PÉREZ, CARLOS CHIRINOS, FRANKLIN AZUAJE, MARVELYS MÁRQUEZ, JAVIER GONZÁLEZ, JOSÉ CALDERÓN, IVÁN QUINTERO, HECDONIS MORENO, YANETH SALCEDO, SANDYN HERNÁNDEZ, NEOMAR VILORIA y FRANK FRANCO, titulares de las cédulas de identidad Nos. 15.187.971, 15.591.066, 17.078.123, 12.046.065, 18.095.911, 18.734.750, 10.318.731.....