Vista la solicitud presentado por el Defensor Publico Penal de Esta Ciudad, Abg. Cruz Caraballo Español mediante el cual solicita se ACUERDE EL TRASLADO del penado ELVIS JOSE RAUSSEO, venezolano, de 20 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 23.550.153; nacido el 28-09-90, de profesión u oficio Obrero, soltero, hijo de Rufa Josefina Rauseo y padre desconocido, residenciado en la Urbanización Nueva Guiria, Calle 04, Casa Nº 21, Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre; CONDENADO a cumplir la pena de CUATRO,(4), AÑOS Y OCHO,(8), MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de Inhabilitación política, por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, establecido en su tercero y último aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para la fecha que ocurrió los hechos, DETENTACION ILICITA DE ARMA DE FUEGO, previs.....