Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la ciudadana MAFALDA PONTILLO CHIAVELLI; SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha 13 de abril de 2015 que escuchó en un solo efecto el recurso procesal de apelación y se ORDENA al Juzgado Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, escuche en ambos efectos el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en contra de la decisión de fecha 30 de marzo de 2015 que declaró inadmisible la reconvención intentada.