este Tribunal, acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, se ordena la notificación de la Sociedad Mercantil Aerovías Venezolanas, S.A., y del Procurador General de la República, la primera mediante boleta, y el segundo mediante oficio, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil y del artículo 95 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica. Líbrense boleta y oficio.-