En base a las precedentes consideraciones esta SALA ACCIDENTAL DE LA SALA 2 de la CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogado CLARIBEL LOPEZ, Defensora Pública Décima Tercera adscrita al Sistema de la Defensa Pública en el Estado Carabobo, actuando con el carácter de defensora de los ciudadanos JAVIER FRANCISCO MARTINEZ TINEDO y DANNY JESUS CABRERA MEDINA, contra la decisión dictada el día 08 de Julio de 2008 por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 06 de este Circuito Judicial, mediante la cual le negó la aplicación del principio de proporcionalidad conforme fue solicitado por la defensa a los fines de que se dejara sin efecto la medida judicial preventiva de privación de libertad.
Cúmplase. Notifíquese a la recurrente. Ofíciese lo conducente.
JUECES DE LA SALA,
ATTAWAY DIEGO MARCANO RUIZ
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