DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano LAUTARO BARRERA BERMEJO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-5.252.058, en su condición de Vice Presidente de la sociedad mercantil CONSORCIO BARR, S.A., debidamente asistido por los abogados NICOLÁS BADELL BENÍTEZ Y ROLAND PETTERSSON STOLK, suficientemente identificados, en fecha dieciséis (16) de abril de dos mil diez (2.010) contra El LAUDO ARBITRAL INTERLOCUTORIO CAUTELAR dictado en fecha cinco (5) de abril de dos mil diez (2010), por el Tribunal Arbitral constituido por el ciudadano PEDRO ALBERTO JEDLICKA ZAPATA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Caracas.....