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Decisiones del dia 18/06/2010

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-L-2009-005382 N° Sentencia : Fecha: 18/06/2010
Procedimiento:
Cobro De Diferencia De Prestaciones Sociales
Partes:
JHON JOSÉ CALDERON VS CADENA DE TIENDAS VENEZOLANAS CATIVEN, S.A.
Resumen:
(...) En cuanto a la Prueba de Informes promovida en el Capítulo II del escrito de promoción de pruebas, con la finalidad de oficiar a la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, específicamente a la DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES LABORALES DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN Y CONDICIONES DE TRABAJO, este Juzgado niega la admisión del referido medio probatorio al considerar que los datos que buscaba la parte promovente fueran aportados a través de la Prueba de Informes dirigida a la referida Oficina, podían ser aportados motu propio, es decir la promovente del medio se encontraba en la posibilidad de conseguir copia fotostática del Acta de Inspección practicada a los fines de acreditar o aportar los hechos que pretendía demostrar. En ese sentido, vale mencionar lo expuesto por el DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO en su obra "Revista de Derecho Probatorio N° 7", Pág. 72 y 73, Editorial Jurídica ALVA, S.R.L. Caracas, 1996: "(...) Pensamos que la invocación del Art. .....
Juez/Ponente:
Herbert Castillo
Organo:
Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
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N° Expediente : AP21-L-2009-005382 N° Sentencia : Fecha: 18/06/2010
Procedimiento:
Cobro De Diferencia De Prestaciones Sociales
Partes:
JHON JOSÉ CALDERON VS CADENA DE TIENDAS VENEZOLANAS CATIVEN, S.A.
Resumen:
(...) En cuanto a la Prueba de Informes promovida en el Capítulo II del escrito de promoción de pruebas, con la finalidad de oficiar a SODEXO PASS VENEZUELA, C.A., a SERVICIOS CATIVEN, S.A., y al BBVA BANCO PROVINCIAL, es de señalar que una vez observados los límites impuestos por la norma del artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo relativos a la ilegalidad o impertinencia de la prueba, se debe pasar al análisis de los requisitos que cada medio probatorio trae consigo para su admisión y en ese sentido, se hace necesario resaltar que la Prueba de Informes se constituye en un medio probatorio de datos concretos a través del cual el ente requerido debe informar sobre los hechos que consten en sus documentos, libros archivos y otros papeles. Cabe mencionar a su vez, que la Prueba de Informes no es para averiguar hechos, por el contrario, según su naturaleza jurídica, en nuestra legislación, es para traer datos específicos al proceso. Observado tal requisito intrínseco para la .....
Juez/Ponente:
Herbert Castillo
Organo:
Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
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