DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Responsabilidad Penal de Adolescentes, en funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la responsabilidad Penal del joven, IDENTIDAD OMITIDA plenamente identificado en autos; por la comisión del delito de Lesiones Personales de Carácter Leves, previsto en el artículo 416 del Código Penal y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ocurrido el día 21 de noviembre de 2005, y se sanciona a cumplir con las medidas de Imposición de Reglas de Conducta por el lapso de un (01) años y Presentación Periódica cada treinta (30) días por ante la taquilla de presentación de imputado de este Tribunal, a los fines de garantizar su presencia en el acto de Imposición de Reglas de Conducta, establecidas en el artículo 620 literales b) y c) de la Ley Orgán.....