En mérito de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE PRORROGA, interpuesto por la Abg. ROSA ANGELINA GONZALEZ GARCIA, en su carácter de Fiscal Nº 27 del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, CONCEDIENDOLE EL LAPSO DE QUINCE (15) DIAS, para presentar acto conclusivo, el cual concluye en fecha 18 de Junio Del 2012.- NOTIFÍQUESE A LAS PARTES.
Todo conforme al contenido del artículo 250 de la Reforma del Código Orgánico Procesal Penal. Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal, en la ciudad de Barquisimeto, a los Veintiséis días del mes de Mayo del 2012. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación. Regístrese, Publíquese y Cúmplase.