PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado ERIC HUERTA CARDENAS, actuando con el carácter de Defensor Privado del ciudadano JESUS ENRIQUE MORILLO DELGADO.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión Nº 899-2013, de fecha 04 de Mayo de 2013, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual Declaró: CON LUGAR la Aprehensión en Flagrancia, en virtud que se cumplen con los requisitos que exige el articulo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y el PROCEDIMIENTO ESPECIAL, establecido en el articulo 94 ejusdem; SE DECRETA LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra el ciudadano JESUS ENRIQUE MORILLO DELGADO, identificado en actas, de conformidad con los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, po.....