DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, ciudadano CAMILO MARTINO ZUCCARO BOSCO; SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 10 de diciembre de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que ordenó continuar el procedimiento por los trámites del juicio ordinario..
Se condena en costas procesales a la parte demandante por haber resultado confirmada la decisión recurrida, en atención al artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.