Por las razones precedentemente expuestas ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY AUTORIZA el traslado con carácter de urgencia y a la brevedad posible del adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, al Centro Medico San Antonio de esta ciudad de Guanare, a los fines de que sea atendido por un medico especialista en traumatología, debido a que presenta dolores fuertes en la pierna izquierda, la cual se encuentra herida por arma de fuego.
En tal sentido se acuerda oficiar a la Comandancia General de la Policía del Estado a los fines de que se tomen las debidas previsiones para la realización del referido traslado
Notifíquese a las partes.
Pronunciamiento que se dicta a los dieciocho días del mes de julio del 2006
LA JUEZ DE CONTROL
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