IV.- DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la apelación interpuesta el 03.04.2007 (f. 222) por el abogado Mario Gil Lares, en su carácter de apoderado judicial de la pare actora, ciudadano JEAN CARLOS LÓPEZ, contra la decisión interlocutoria con fuerza de definitiva, dictada en fecha 02.03.2007 (f. 214) por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró perimida la instancia, en el juicio de tacha documental seguido por la actora-apelante contra la ciudadana NORIS ELVIRA BRIZUELA de ALVARADO.
SEGUNDO: Se revoca el auto del 10.05.2007, dictado po.....