En consecuencia, por las razones antes mencionadas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada por la sociedad mercantil BUREAU MARÍTIMO VENEZOLANO, C.A., y la demandante WESCA, C.A., identificada en autos, en los términos contenidos en su escrito transaccional suscrito por ante la Notaría Pública de Pampatar en el Estado Nueva Esparta, bajo el N° 73, Tomo 77 de los Libros de Autenticación, en fecha 04 de julio de 2007, y por tanto, terminado el proceso, intentado por la sociedad mercantil WESCA, C.A., contra la motonave EMPRENDEDORA, su capitán ciudadano JOSÉ RAMÓN CORONADO PERNÍA y la sociedad mercantil BUREAU MARÍTIMO VENEZOLANO, C.A.