En vista de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA LA EJECUCION VOLUNTARIA de las costas procesales equivalentes al tres por ciento (3%) de la cuantía del recurso determinada en la sentencia de la Sala Político Administrativa en la cantidad de BOLIVARES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES QUINCE MIL CIENTO TREINTA Y OCHO CON VEINTITRES CENTIMOS (Bs. 336.015.138,23) actualmente a BOLIVARES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINCE CON TRECE CENTIMOS (Bs. F. 336.015,13), es decir un monto a pagar por costas procesales de BOLIVARES DIEZ MIL OCHENTA CON CUARENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. F. 10.080,45) calculados al (3%) de la cuantía total ya determinada; a tal efecto, se ordena la intimación de la contribuyente para que por medio de su Apoderado Judicial y/o Representant.....