Así se decide...".
Del análisis al Decreto con Rango, valor y fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, realizado por la Sala de Casación Civil de Nuestro Máximo Tribunal de Justicia, donde indicó que sólo será objeto de paralización aquellos casos cuya práctica material implique desposesión o desalojo del inmueble que sirve de lugar de vivienda familiar y que se encuentre en estado de ejecución de la sentencia hasta que se realicen los actos que establece el prenombrado Decreto Ley, este Tribunal en estricto acatamiento a la sentencia ut supra transcrita, y a los fines de que siga la correcta prosecución de los juicios, ordena suspender la paralización y en consecuencia la continuación de la presente causa hasta llegar a la fase de ejecución de sentencia, donde se suspenderá hasta tanto se apliquen y verifiquen los mecanismos procedimentales que establece el Decreto Ley arriba señalado.- CÚMPLASE.-