IV. DISPOSITIVA.
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 04.04.2016 (f.24), por el abogado HENRY JOAQUIN REVERON ARVELO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana IOANA LUPU DE SARMIENTO, contra la decisión del 31.03.2016 (f.21 al 22), dictada por el Juzgado Cuarto de de Municipio Ordinario y ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la presente solicitud, por no constar en autos, el procedimiento previo por ante la Superintendencia Nacional de Arrendamientote Vivienda (SUNAVI), de conformidad con lo ordenado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 17.08.2015, en el ex.....