Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de Regulación de Competencia, planteada por los abogados Rafael Montes de oca Mascareño y Auristela Pérez, inscritos en el I.P.S.A. bajo los N° 4.169 y 59.189, en su carácter de apoderados judiciales de la empresa AGROINVEST C.A., sociedad mercantil domiciliada en Burere, Parroquia Las Mercedes, Municipio Torres del estado Lara, carretera vía Lara-Zulia inscrita ante el Registro Mercantil del estado Yaracuy en fecha 15 de noviembre del 2005, bajo el N° 09, Tomo 280-A, Rif: J314610376. Así se decide. SEGUNDO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente solicitud, al Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en El Tocuyo. Así se decide. TERCERO: Como consecuencia de .....