DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se ratifica la COMPETENCIA para conocer y decidir en primera instancia la demanda de contenido patrimonial interpuesta por incoado por los ciudadanos JUAN ALEXANDER MENDOZA TOVAR y YAJAIRA DEL CARMEN ROJAS, asistido por el abogado Ricardo Alberto Rojas, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 90.053; contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA.
SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda de contenido patrimonial interpuesta, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 numeral 3 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en concordancia con el artículo 62 del Decreto con rango de valor y fuerza de Ley de.....