DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Estadal Tercero Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Su COMPETENCIA, para conocer y decidir la Querella Funcionarial interpuesta por la abogada FANNY DEL CARAMEN CABARCAS HILDAGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 13.160.950, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 85.671, actuando en su propio nombre y representación, contra el acto administrativo DDPG-2017-141 de fecha 18 de abril de 2017, dictado por la DEFENSA PÚBLICA, mediante la cual fue removida del cargo, notificada según Oficio N° DNRH-DAP-2017-0715, de fecha 18 de abril de 2017.
SEGUNDO: SIN LUGAR, la Querella Funcionarial interpuesta.
TERCERO: FIRME el acto administrativo DDPG-2017-141, de fecha dieciocho (18) de abr.....