Por todas las consideraciones expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Con lugar el recurso de regulación de competencia ejercido por la parte actora, contra la sentencia publicada por el Juzgado Trigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 12.07.2007, todo en el juicio incoado por el ciudadano Luís Felipe Natera Amundarain contra Petróleos de Venezuela S.A. Segundo: Se revoca la sentencia recurrida y se declara competente para conocer del presente caso a los Tribunales de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Área Metropolitana de Caracas. Así se establece.