En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Desistido el recurso de apelación ejercido por la parte actora en contra de la decisión dictada por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 25 de julio de 2008, Segundo: Se confirma la decisión recurrida, que declaró el desistimiento de la acción incoada por el ciudadano Julio Remigio Pacheco Arocha, cedula de identidad N° 2.109.250, contra Almacen Elite C.A, Tercero: Se exonera en costas a la parte actora conforme lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Según lo expuesto en la motiva, se fija un lapso de cinco (0.....