DISPOSITIVO DEL FALLO
En virtud de los razonamientos fácticos y jurídicos que han quedado expuestos, este Tribunal Superior Marítimo Accidental con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial del tercero opositor, sociedad mercantil UN TROCK CONSTRUCTORA C.A.
SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo Accidental con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, en fecha cinco (5) de octubre de 2006.
TERCERO: Se ordena al Tribunal antes mencionado, pronunciarse en cuanto a lo solicitado por el tercero opositor UN TROCK CONSTRUCTORA C.A., así como el depositario judicial BANCO MERCANTIL S.A. BANCO UNIVERSAL, en relación al bien secuestrado.
CUARTO: En virtud de la naturaleza del presente fallo, se condena en costas al depositario jud.....