III
DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Estadal Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la Demanda de Nulidad de Contrato de Arrendamiento interpuesto por los abogados JOSÉ GREGORIO RIVERO, RAFAEL ENRIQUE VILLANUEVA RIVAS, LOAIRA MONAGAS TORRES Y JOSÉ EUSEBIO MORILLO AZUAJE, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 61.212, 10.146, 61.231 y 165.297, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano PEDRO CUADROS, titular de la cédula de identidad N° 13.462.449, en contra del INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA (INAPYMI).