este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato de arrendamiento, intentada por el ciudadano GIOVANNI ARANGU CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.410.572, de este domicilio, contra el ciudadano ALFREDO PABLO BETANCOR MASTRANGELO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 15.776.985, de este domicilio, en consecuencia, se condena a la parte demandada hacerle entrega del siguiente bien inmueble ubicado en la calle 37 entre carreras 28 y 29, Barquisimeto, Parroquia Concepción Municipio Iribarren del Estado Lara, Edificio Roduar II, constituido por un apartamento distinguido con el Nro. 7-25, del séptimo piso con un área aproximada de 118,30 mts2, alinderado de la siguiente manera: NORTE: .....