Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito judicial Penal del Estado Lara, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL y consecuencialmente EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en el presente asunto, en el que se enjuiciaba al Ciudadano JOSÉ GREGORIO PEREZ hoy fallecido, todo de conformidad con lo previsto en el ordinal 1º del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el ordinal 3º del artículo 318 ejusdem.