En consecuencia, se acuerda oficiar a la Fundación José Félix Rivas, que se encargue de velar por el cumplimiento de la medida de seguridad, remitiéndoles anexo al oficio, copia certificada de la sentencia definitiva dictada por el Tribunal de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida (folio 58 AL 63), informándoles que deberán informar mensualmente a este Tribunal sobre el resultado del tratamiento psiquiátrico ordenado por un (1) año. Asimismo, se acuerda notificar al ciudadano JESUS ALEXANDER GOZÁLEZ PAREDES, a los fines de participarle debe cumplir con la medida de seguridad ordenada, para lo cual deberá presentarse por ante este Tribunal el día hábil siguiente, a las 9:00 am, para imponerlo de la presente decisión. Notifíquese a la defensa, y a la Fiscalía Décima Tercera del Ministerio Público. Anéxese a cada boleta de notificación, copia certificada de la sentencia. Cúmplase.
EL JUEZ DE EJECUCIÓN N° 3
ABG. CARLOS LUIS MOLINA ZAMBRANO.
LA SECRETARIA
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