DISPOSITIVA.
Por todas estas consideraciones este Tribunal en funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal Barquisimeto del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Improcedente la solicitud de Revisión de Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, presentada por la defensa del ciudadano presentado por el abogado WILMER MUÑOZ, en su carácter de Defensor Penal de la ciudadana ELIZABETH AGUELLES DE MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.182.464, Venezolano, natural de Barquisimeto Estado Lara, de 59 años de edad, fecha de nacimiento: 01-04-1954, de estado civil Casado, de profesión u oficio: Comerciante, residenciado en: AV. terepaima nro 53, colinas del turbio casa nro. 53 Barquisimeto Estado Lara por el delito de: SICARIATO previsto y sancionado en el artículo 44 de la Ley contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. En perjuicio de MILTA G.....