Este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 479 numeral 1 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA a la penada {.......}, titular Cédula de Identidad {.......}, la FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA como es el DESTACAMENTO DE TRABAJO y se le imponen las siguientes condiciones: 1.-Debe consignar con carácter de URGENCIA constancia de residencia y oferta de trabajo. 2.- Debe reforzar orientación psicológica y estabilidad emocional. 3- Debe realizar labor comunitaria. 4.-Debe realizar talleres sobre Prevención del delito. 5.- Debe recibir charlas y talleres en la ONA. 6.-Debe involucrarse en actividades culturales, deportivas y recreativas, que le permitan ocupar positivamente su tiempo libre. 7.- Debe cu.....