En mérito de lo antes expuesto, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE POR CADUCA el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado JULIO CESAR PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 156.975, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ZAIDANOR RODRIGUEZ GONZÁLEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 9.098.968, contra la FUNDACIÓN REGIONAL EL NIÑO SIMÓN-MIRANDA, mediante la cual solicita la nulidad absoluta del acto administrativo contenido en la comunicación sin numero de fecha 06 de junio de 2012, en la cual la notificaron de su remoción.
En consecuencia:
Se ordena notificar a la parte querellante.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA EN EL CONTROL DE SENTENCIAS LLEVADO POR ESTE JUZGADO.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho .....