Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Trigésimo Cuarto (34º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA HOMOLOGACION DE LA TRANSACCION, solo respecto a los hechos litigiosos comprendidos en la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, en los términos señalados en la presente decisión, pasándola en autoridad de cosa juzgada, presentada por la ciudadana ERICA DE LAS MERCEDES OTAMENDI ROJAS, cedula de identidad Nº 10.872.344, parte actora, asistido por el abogado TOMAS ZAMORA SARABIA, inscrito en el Ipsa Nº 74.659, por una parte; y por la otra parte, la abogada INGRID ADRIANA DANIELE POLEO, Ipsa Nº 296.962, apoderada judicial de la entidad de trabajo BIMBO DE VENEZUELA, C.A, parte d.....