En virtud de lo anterior, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en Régimen Transitorio Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por autoridad de la Ley y nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara: CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano RAFAEL ANTONIO CORRELIS GIL, contra la empresa FRIO BOX, C.A., ambos debidamente identificados en autos. En consecuencia se condena a la empresa a pagar al actor los siguientes conceptos: Corte de Cuenta: Antigüedad = Bs.466.560,00; Compensación por Transferencia = Bs.414.720,00; Prestación de Antigüedad = Bs.2.869.014,48; Diferencia de intereses sobre prestaciones sociales = Bs.1.225.286,91; Vacaciones vencidas y adeudadas = Bs.1.103.152,92; Vacaciones Fraccionadas = B.183.858,82; Utilidades vencidas y adeudadas = Bs.1.364.425,98; Utilidades Fraccionadas = Bs.75.769,18; Indemnización por despido injustificado = Bs.2.076.475,71; Preaviso.....