CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la accionada; Se deja SIN EFECTO el oficio de fecha 26 de Septiembre del año 2005; Se REPONE la causa al estado de que el A-quo proceda e emitir nuevo oficio, respetando los términos de la sentencia firme dictada por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial en fecha 25 de Agosto de 2004; No se condena en costas dada la naturaleza del fallo.