D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Magaly Álvarez, con el carácter que tiene acreditado en autos, contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, en fecha 16 de Diciembre de 2004. En consecuencia se ANULA el auto dictado por el tribunal a-quo y se ordena al Juez competente se pronuncie sobre la admisión o no de la presente demanda por COBRO DE BOLIVARES incoada por OCTAVIO RAFAEL MATA y OCTAVIO RAFAEL MATA JIMENEZ contra MILTON MACHADO .
Queda Así ANULADO el auto apelado.
De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, .....