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En lo referido a la Prueba de Informes promovida en el escrito de promoción de pruebas, con la finalidad de oficiar al INSTITUTO NACIONAL DE AERONÁUTICA CIVIL (INAC), este Tribunal niega la admisión del referido medio probatorio por cuanto la parte promovente lo convirtió en una mera investigación. En ese sentido se ha pronunciado el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en sentencia de fecha doce (12) de julio de 2006, en el caso B OLIVIERO contra A. SANTOS, señalando lo siguiente: "La prueba de informes no es para averiguar hechos, sino para que se informe al Tribunal del contenido de asientos de documentos, libros, archivos u otros papeles. No es una prueba de investigación o un interrogatorio, por lo que debe darse con precisión la ubicación de la información requerida, de manera que el informante pueda ir directamente a la fuente y dar la información, no que se comience por ubicar si existe o no la información, para que luego el informante d.....