V.- DISPOSITIVA.-
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 25.11.2015 (f.269), por los abogados JUAN CASTILLO SIFONTES y JUAN JOSE BLANCO SOJO, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada, Sociedad Mercantil TALLERES y ACONDIONAMIENTOS RECAR 1617 C.A, contra la decisión dictada el 26.02.2015 (f.223 al 251), por el Juzgado Décimo Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró Con Lugar la demanda de Resolución de Contrato de Arrendamiento incoada por Inversiones GERALTROD C.A contra Sociedad Mercantil TALLERES y ACONDIONAMIENTOS RECAR 1617 C.A.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de Resolución de Contrato de Arrenda.....