En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 eiusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos JUSTO JOSÉ COLMENAREZ LINAREZ y ROSA YSELA DEL CARMEN SALCEDO, ciertamente contrajeron matrimonio civil en fecha 16/12/1989, ante la antigua Oficina de Registro Civil de la Parroquia Payara del Distrito Páez del estado Portuguesa (hoy Oficina de Registro Civil del Municipio Páez del estado Portuguesa), tal y como se evidencia del Acta de Matrimonio N° 103.
Ofíciese lo conducente una vez quede firme el presente fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En Acarigua, al dieciocho (18) días del mes de noviembre del año dos mil veintidós. Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
La Juez,
Abg. Miriam Sofía Durand.....