Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Naguanagua, Los Guayos y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR LA DEMANDA DE ACCIÓN MERO DECLARATIVA, interpuesta por el ciudadano FRANCO PIZZOLLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.110.794, y de este domicilio, asistido por la Abogada en ejercicio MARIELBA MATUTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 151.389, contra la ASOCIACIÓN CIVIL AERO CLUB VALENCIA, en la persona de su presidente ISMAEL GOMEZ, venezolano, mayor de edad y de este domicilio.
De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida.
Notifíquese a las partes de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 de.....