DECISION
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana MARÍA MAGDALENA BENÍTEZ, debidamente asistida por el abogado Willian Mendez Unda, inscrito en el Inpreabogado bajo Nº 223.087, contra la sentencia dictada en fecha 21 de octubre de 2014, el JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. En consecuencia, se ORDENA al Juez a quo admitir la presente causa.
Queda así REVOCADA la sentencia apelada.
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese oportunamente.