III
DISPOSITIVO
Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1. Que es COMPETENTE para conocer del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto conjuntamente con medida de amparo cautelar de suspensión de efectos por las abogadas Adriana Zuluaga Consuegra y María Eugenia Álvarez Duque, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 85.215 y 76. 175, respectivamente, apoderadas judiciales del ciudadano ROBERT EWARD RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 11.949.099, contra el SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS (SAREN).
2. ADMITE PROVISIONALMENTE el recurso contencioso administrativo funcionarial en los términos expuestos.
3. IMPROCEDENTE la medida de amparo cautelar solicitada.
4. ADMITE el recurso de conformidad con los artículos 98 de la Ley del Estatuto.....