1. Se ADMITE PROVISIONALMENTE el Recurso Contencioso Tributario conjuntamente con solicitud de Amparo Cautelar, interpuesto por el ciudadano Pedro Rafael Rondón Haaz, titular de la cédula de identidad N° V-1.379.450, actuando como Consultor Jurídico de la sociedad mercantil "FÁBRICA DE PRODUCTOS IMPERMEABILIZANTES EDIL, C.A.", con domicilio fiscal en la Av. Miranda Sur, Zona Industrial Tinaquillo, parcela N° 10, frente al IVSS Tinaquillo, estado Cojedes, e inscrita por ante el registro de comercio llevado por la Secretaría del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 08 de diciembre de 1969, bajo el número 1861, posteriormente inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, el 20 de agosto de 2009, bajo el N° 2, Tomo 13-A, debidamente inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F) bajo el Nro. J-07505530-6; representación que se evidencia del parágrafo tercero de.....